Licencias otorgadas al Personal Aeronáutico

En aviación lo que avala la Aptitud de una persona, para realizar trabajos relacionados con Evaluación, Capacitación, Control, Mantenimiento, Operación, Supervisión y Servicio en Vuelo o tierra, en funciones relacionadas con aeronaves, y adicionalmente para operar un Dron, es el documento titulado “Licencia, o Certificado Aeronáutico”.

Poseer una “Licencia o Certificado Aeronáutico” es un hecho de gran relevancia, para el titular en la Aviación Civil, ya que para obtenerla; Primero esta persona debe reunir requisitos específicos de Aptitud, Conocimientos, Experiencia, Habilidades y demostrar que posee buena Salud Física y Mental, Segundo debe presentar una serie de pruebas y exámenes en el Departamento “PEL” de la Autoridad de Aviación Civil de su país, para que le sea concedido dicho documento, y por Ultimo deberá mantener la pro-eficiencia de sus tareas a través de mas entrenamientos y evaluaciones.

Podríamos decir que La “Licencia o Certificado Aeronáutico” en la Aviación Civil es el equivalente a lo que significa el Título o Diploma para un Ingeniero, Doctor, Enfermera, Arquitecto, etc.. Aunque estas Titulaciones pertenecen a la educación formal y las licencias aeronáuticas son otorgadas por un proceso de educación técnica profesional, poseen similar compromiso en el aspecto de desarrollo profesional.

La Organización de Aviación Civil (OACI), engloba las normas y métodos recomendados para el otorgamiento de una licencias al personal en el ANEXO 1, y las mismas son consideradas como las normas mínimas que deben seguir los estados contratantes al momento de titular a una persona con una Licencia o Certificado Aeronáutico.

Las normas y métodos recomendados para el otorgamiento de licencias al personal fueron adoptadas inicialmente por el Consejo el 14 de abril de 1948 de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designación de Anexo 1 al Convenio, y comenzaron a surtir efecto el 15 de septiembre de 1948.

La Licencia o Certificado Aeronáutico solo es otorgada a personas que van a cumplir con funciones especificas y especiales en aviación, tales como:

1. Personas que actúan como “Miembros de la Tripulación de Vuelo” , y que tiene el mismo significado que las de “Miembros de la Tripulación Encargada del Manejo de una Aeronave” esta categoría abarca al Piloto Privado, Piloto Comercial, Piloto de Línea Aérea, e Instructor de Vuelo, con las Habilitaciones apropiadas para Clase, Categoría, y Tipo de Aeronave y la Habilitación concerniente al vuelo en Condiciones Meteorológica de Instrumento cuando se requiera.

2. Personas que No pertenecen a la Tripulación de Vuelotales como: Despachador de Vuelo, Tripulantes de Cabina, Técnico de Mantenimiento, Operador de Radio, Controlador de Transito Aéreo, en las cuales no se requiere estipular habilitaciones adicionales.

3. Además es otorgada una certificación especial al Operador de Dron.

En resumen, podríamos decir que la obtención de una licencia en aviación, es un proceso metódico, selectivo y cuidadoso que es ejecutado y controlado por la autoridad de aviación civil de un país, cuando se le otorga una licencia o certificado aeronáutico a una persona, la misma no solo esta adquiriendo una responsabilidad legal, en adición tiene un compromiso consiente y juicioso de practicar sus funciones en pro de mantener los mas altos niveles de la seguridad operacional.